sábado, 25 de febrero de 2012

Incremento en costo de metros lineales para el Carnaval se enmarcó en la Ley 2434

El incremento de costos de los metros lineales en la ruta del Carnaval de Oruro 2012, no sobrepasó de 15 a 20 bolivianos, enmarcado en el artículo 2º de la Ley 2434 (Ley de Actualización y Mantenimiento de Valor), informó el director de recaudaciones de la Alcaldía, Edson Zambrana, añadiendo que en próximos días se publicarán los datos financieros de este proceso.

La Ley 2434, promulgada el 21 de diciembre del 2002, durante el Gobierno de Gonzalo Sánchez de Lozada, refiere en su artículo 2º, parágrafo I: "Las alícuotas, valores, montos, patentes, tasas y contribuciones especiales establecidas en las leyes, se actualizarán respecto a la variación de la Unidad de Fomento de Vivienda (UFV), publicada por el Banco Central de Bolivia (BCB".

En tanto que en su parágrafo II esta norma señala: "El pago parcial o total realizado fuera de término de las obligaciones aduaneras, tributarias y patentes con el Estado, se actualizará respecto a la variación de la Unidad de Fomento de Vivienda, publicada por el Banco Central de Bolivia, entre el día de vencimiento de la obligación fiscal y el día hábil anterior al pago inclusive".

Los incrementos son de carácter obligatorio en función de la actualización de costos de las UFVs, en cumplimiento de la Ley.

"Por ejemplo el arancel que rige para la calle Bolívar y Velasco, donde el costo del metro lineal en el 2012 fue de 299 bolivianos sufrió un incremento de forma paulatina. El 2009, el costo en este sector era de 256 bolivianos, un año luego fue de 270 y el 2011 ascendió a 285 bolivianos. Este panorama se repite de similar manera en toda la ruta del Carnaval, lo contrario significaría desacato a la Ley y daño económico al Estado", explicó el director de recaudaciones del Gobierno Autónomo Municipal.

Los entes Ejecutivo y Legislativo de la Alcaldía, definieron los costos por metros lineales para el Carnaval 2012 de acuerdo a la actualización de las UFVs, mediante la Ordenanza Municipal 65/2011 que en su artículo 9º del cobro de patentes señala: "una vez definida la ubicación de la calle, acera y metros lineales, el beneficiario depositará un monto determinado de acuerdo a la tabla de valores establecidos en moneda nacional en una Cuenta Única Municipal del Gobierno Autónomo Municipal de Oruro, según establece el artículo 2 de la Ley 2434.

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