miércoles, 7 de noviembre de 2018

Legalidad o no del interinato de la alcaldesa es definido por el TCP y no por el Concejo

La polémica por atribuir legalidad o ilegalidad a la designación de la alcaldesa Hilaria Sejas en condición de interina, es competencia de Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) y no así del Concejo Municipal de Oruro. En consecuencia, se entiende que mientras no exista un pronunciamiento oficial de la instancia nacional todo actuado u obrado goza de legalidad.

Es importante recordar que a inicios de octubre, el vicepresidente del Concejo, Saúl Aguilar, cuestionó la forma de designación de la primera autoridad municipal a raíz de la promulgación de la Ordenanza Nº 17/2018 aprobada por la entonces concejal, Hilaria Sejas, quien todavía no ostentaba el cargo de alcaldesa. Se dijo que esta normativa debió ingresar al pleno del Concejo Municipal para su posterior tratamiento y promulgación.

Este tema fue debatido ayer en la sesión del ente legislativo, llegando a la conclusión en que, si bien las instancias ejecutivas soslayaron aspectos importantes dentro del proceso de designación, no es competencia del Concejo determinar la legalidad o no de la misma.

En ello se hace referencia a la Ley 027 del Tribunal Constitucional, que en su artículo quinto establece, "se presume la constitucionalidad de toda ley, decreto, resolución y actos de los Órganos del Estado en todos sus niveles, hasta tanto el Tribunal Constitucional Plurinacional resuelva y declare su inconstitucionalidad".

Por tanto, el pleno del concejo determinó archivar todos los obrados y observaciones realizadas mientras no se opte por recurrir al TCP.

"Ninguno de los concejales tenemos la facultad ni la competencia de afirmar categóricamente, analizar o señalar si la promulgación de esta ordenanza (017/2018) fuera constitucional o inconstitucional", afirmó el presidente de la comisión de Asuntos Legales del Concejo Municipal, José Rojas.

Bajo este panorama, la sesión de ayer que se extendió hasta horas de la noche, concluyó en emanar una sugerencia bajo el siguiente tenor: "quien se considere vulnerado en sus derechos puede recurrir no solamente al TCP que es la máxima instancia, sino también al Viceministerio de Autonomías, quien nos dirá qué recursos tenemos para plantear la inconstitucionalidad de alguna normativa", agregó Rojas.

De las 11 autoridades legislativas, 6 expresaron su desacuerdo con lo expuesto y 5 apoyaron la decisión de mantener una postura enmarcada en las competencias atribuidas por ley. Esto a su vez hizo que se proceda al archivo de los obrados realizados.

ALCALDÍA

Por otra parte, el secretario general del gobierno municipal, Juan Carlos Rodríguez, afirmó durante una conferencia de prensa realizada ayer por la mañana, que la designación interina de la alcaldesa, Hilaria Sejas, goza de toda legalidad por estar sujeta a lo dispuesto en las leyes 482 de Gobiernos Municipales y la 031 de Marco de Autonomías y Descentralización "Andrés Ibáñez".

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