“Las ciudadanas y ciudadanos habilitados en el padrón electoral y que por razones de fuerza mayor no puedan sufragar el 20 de septiembre, podrán recabar el certificado de impedimento en oficinas del TDE y en las oficialías de Registro Civil”, dijo.
La autoridad electoral dijo que también podrán tramitar los certificados 30 días después del referendo, previa presentación de pruebas documentales.
Explicó que, de acuerdo a la circular L701 04/2015 del Tribunal Supremo Electoral, también podrán recabar ese documento los ciudadanos cuyo registro electoral no corresponda al departamento de Oruro.
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